La venta de chips móviles en la vía pública es un grave riesgo para la seguridad de los peruanos. Pese a estar prohibida, pues la calle no es un canal autorizado para la contratación de servicios móviles, las empresas operadoras continúan incumpliendo las normas de contratación, lo cual es fiscalizado y sancionado por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).

El Osiptel supervisó la problemática de ventas ambulatorias de chips móviles y desde el 2019 a la fecha, ha realizado más de 370 acciones de fiscalización a nivel nacional.

Indicó que se sigue constatando que las principales empresas operadoras continúan con la venta en la vía pública y se ha comprobado que no cumplen con las normas para la verificación de la identidad de las partes que participan en la contratación, a través de la biometría del comprador y del vendedor, el uso de la contraseña única por parte del comprador, entre otros.

Información personal expuesta a delitos

La venta ambulatoria de chips vulnera los derechos de las personas como usuarios de servicios de telecomunicaciones al no garantizar que se sigan los protocolos de seguridad necesarios para la contratación de una línea móvil.

“A través de nuestros canales de atención, hemos recibido casos como la portabilidad de una línea móvil a otra empresa o contrataciones de líneas no solicitadas, además que las personas comprueban que el chip comprado no se encuentra a su nombre o que le dieron una línea pospago en lugar de prepago”, detalló Pacheco.

“Entregar tu huella digital a un desconocido, es como abrir la puerta para que se cometan diversos actos ilícitos, como el robo de identidad”, alertó el funcionario.

“Quien extorsiona evidentemente lo hace de un número móvil que no tiene un titular reconocible, es decir, estas líneas contratadas en la calle sin mayor protocolo de seguridad se pueden prestar para estos graves fines ilícitos”, acotó.

En los próximos días, el pleno del Congreso de la República debatirá el proyecto de ley aprobado en la Comisión de Defensa del Consumidor, que prohíbe la comercialización y contratación de los servicios móviles de forma ambulatoria o en la vía pública y asigna responsabilidad administrativa a los representantes de las empresas por ello.

 

FUENTE: CORREO

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