Una serie de exigencias sanitarias, implementadas para frenar el avance del COVID-19 –que, desde su aparición en el país, en febrero de 2020, hasta el 22 de mayo de 2023 ha causado 220,673 muertes–, han sido derogadas el lunes 29 de mayo por el Ministerio de Salud (Minsa). Estas estaban relacionadas, principalmente, al uso de protectores faciales y mascarillas en centros de salud, en lugares de culto religioso y durante la práctica de actividades recreativas al aire libre.

LO QUE DICEN LAS NORMAS

La Resolución Ministerial N° 505-2023/MINSA, publicada en El Peruano, deja sin efecto la Resolución Ministerial N.° 899-2020-MINSA que obligaba a los feligreses a usar mascarilla y escudo facial para ingresar, permanecer y salir del templo o lugar de culto. También disponía la desinfección de manos (con agua y jabón o alcohol), la toma de temperatura, la prohibición de cantar o hablar y el mantener un distanciamiento de 1.5 metros entre personas.

NO MÁS MASCARILLAS

En tanto, la Resolución Ministerial N° 508-2023/MINSA deroga la norma técnica que daba recomendaciones sobre el empleo de escudos faciales en los establecimientos de salud y en la comunidad.

Fuentes del mencionado sector confirmaron que tampoco va a ser obligatorio el empleo de barbijos en clínicas, postas u hospitales, tal como se venía exigiendo. Del mismo modo, indicaron que se trata de las últimas restricciones implementadas debido a la pandemia en ser derogadas.

 

FUENTE: PERÚ21

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