El Congreso aprobó un dictamen para exonerar de responsabilidad penal a quienes usen la legítima defensa con fuerza letal, modificando el Código Penal y el Código Procesal Penal, según Janet Rivas, presidenta de la Comisión de Justicia.
Condiciones para la Exoneración
Uno de los aspectos fundamentales de esta exoneración penal es que se aplicará a aquellos que actúen en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, utilizando la fuerza, incluyendo la fuerza letal. Sin embargo, para obtener absolución, la legítima defensa debe surgir de una agresión real. Esta agresión debe producirse después de una intrusión ilegítima en una propiedad, medio de transporte, negocio, empresa, asociación civil, lugar de trabajo o cualquier propiedad del individuo que repela el ataque.
Defensa legal
En estos casos, el aspecto clave es que no se examinará la proporcionalidad del instrumento utilizado para repeler el ataque. En cambio, se evaluará la intensidad y peligrosidad de la agresión, la conducta del agresor y los recursos disponibles para la defensa. Además, se tomará en cuenta la actitud de quien se defiende hacia el agresor, la presencia de una situación de peligro inminente para el agredido y la necesidad de proteger tanto su vida como la de terceros.
Esta medida representa un cambio importante en la percepción de la legítima defensa y sus condiciones. Al eliminar la necesidad de considerar la proporcionalidad del medio utilizado para repeler una agresión, se busca dar más margen a las personas para proteger sus vidas y propiedades en situaciones de peligro real.
Si bien esta exoneración penal ha sido aprobada por el Congreso, su implementación y aplicación en la práctica aún están por verse. Este cambio en la ley podría tener un impacto duradero en cómo se percibe y se maneja la legítima defensa en el sistema judicial.